Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 18 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El día y la hora que se puso en el aviso, la Secretaría les va a decir a los interesados qué solicitudes sí funcionaron y cuáles no, porque no cumplieron con los requisitos. También le va a avisar al Colegio cómo quedó la evaluación de todas las solicitudes.

Texto oficial

Artículo 18. En el lugar, día y hora señalados en la convocatoria, la Secretaría dará a conocer a los interesados, las solicitudes que fueron aceptadas, así como las que fueron rechazadas por no haber cumplido con los requisitos antes señalados. La Secretaría hará del conocimiento del Colegio, el resultado de la calificación de las solicitudes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.