Artículo 25 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para obtener la constancia de aspirante a notario, tienes que pasar un examen que se divide en dos partes. La primera es práctica: te tocará redactar un documento notario (como una escritura) de entre seis temas que guardan la Secretaría y el Colegio de Notarios en sobres sellados. Un día antes, un compañero elegido por los demás saca un sobre al azar, y el secretario del jurado lo abre y lee el tema en voz alta para que todos empiecen a escribir sin ayuda, aunque puedes consultar leyes o usar computadora si el jurado lo permite. Tienes máximo tres horas para terminar, y al final entregas tu examen en un sobre que firmas junto con los jueces. La segunda parte es teórica y oral; solo entran tú y el jurado. Cada juez te hará preguntas sobre temas legales relacionados con ser notario, y cada uno puede hablarte hasta por veinte minutos.
Texto oficial
Artículo 25.- El examen para obtener la constancia de aspirante a notario constará de las partes siguientes: I. Una práctica, que consistirá en la redacción de un instrumento notarial de entre seis temas propuestos, tres por la Secretaría y tres por el Colegio, que contenidos en sobres cerrados, sellados y firmados por el presidente y el secretario del Consejo Directivo del Colegio y por el representante que designe la Secretaría, quedarán en depósito en dicha dependencia un día antes del examen; El sobre que contenga el tema a desarrollar será elegido al azar por uno de los sustentantes, quien será designado por la mayoría de los otros. Una vez seleccionado el sobre, el secretario del jurado constatará que se encuentra debidamente cerrado y que no presenta signos de alteración, procediendo a abrirlo y dará lectura del tema en voz alta. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 01 de agosto de 2002. Última reforma POGG 15 de abril de 2021. REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MÉXICO 6 Los sustentantes procederán a la redacción del instrumento, sin asesoría, pudiendo consultar la legislación y a juicio del jurado, se podrá utilizar el equipo necesario para su elaboración, previa su revisión y autorización, o bien, realizarse en forma manuscrita. El examen se resolverá en un tiempo máximo de tres horas, al término del cual, se recogerán los exámenes, guardándose en sobres que una vez cerrados, se firmarán por los sinodales y por cada interesado; II. Una teórica, que será oral, con la presencia únicamente del sustentante y del jurado, consistirá en preguntas que los sinodales hagan a cada uno de los sustentantes sobre temas jurídicos relacionados con la función notarial. La réplica de cada sinodal deberá limitarse a un máximo de veinte minutos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.