Artículo 26 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 26 explica cómo es el examen para convertirse en notario. Tiene dos partes: una práctica y una teórica. En la práctica, los que presentan el examen tienen que redactar un documento notarial, como un testamento o una escritura, eligiendo un tema al azar de entre diez opciones que proponen el gobierno y el Colegio de Notarios. Tienen máximo tres horas para hacerlo, pueden consultar las leyes pero no pedir ayuda, y al final entregan su trabajo en un sobre sellado y firmado. En la parte teórica, los examinadores (sinodales) les hacen preguntas en público sobre temas legales relacionados con ser notario, y cada examinador debe hablar por lo menos veinte minutos.
Texto oficial
Artículo 26.- El examen de oposición para obtener el nombramiento de notario constará de las partes siguientes: I. Una práctica, que consistirá en la redacción de un instrumento notarial de entre diez temas propuestos, cinco por la Secretaría y cinco por el Colegio, contenidos en sobres cerrados, sellados y firmados por el presidente y el secretario del Consejo Directivo del Colegio y por el representante que designe la Secretaría, quedando en depósito en dicha dependencia un día antes del examen. El sobre que contenga el tema a desarrollar, será elegido al azar por uno de los sustentantes, quien será designado por la mayoría de los otros. Una vez seleccionado el sobre, el secretario del jurado constatará que se encuentra debidamente cerrado y que no presenta signos de alteración, procediendo a abrirlo y dará lectura del tema en voz alta. Los sustentantes procederán a la redacción del instrumento, sin asesoría, pudiendo consultar la legislación y a juicio del jurado, se podrá utilizar el equipo necesario para su elaboración, previa su revisión y autorización, o bien, efectuarlo en forma manuscrita. El examen se resolverá en un tiempo máximo de tres horas, pudiendo concederse una prórroga a juicio del jurado calificador, al término de la cual, se recogerán los exámenes guardándose en sobres que una vez cerrados, se firmarán por los sinodales y por cada sustentante; II. Una teórica, que será pública y oral, y consistirá en preguntas que los sinodales hagan a cada uno de los sustentantes sobre temas jurídicos relacionados con la función notarial. La réplica de cada sinodal será de un mínimo de veinte minutos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.