Artículo 91 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director del curso lo elige el Presidente del Consejo Directivo del Colegio. El Consejo Directivo es como el grupo de personas que toman las decisiones importantes en la escuela o institución. Así que el Presidente de ese grupo escoge a quién va a estar a cargo del curso.
Texto oficial
Artículo 91.- El director del curso será designado por el Presidente del Consejo Directivo del Colegio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.