Artículo 92 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Colegio de Notarios debe tener un archivo o expediente de cada notario. En ese expediente guardan todos los papeles que tengan que ver con el trabajo del notario, como documentos que firma o trámites que hace. Es como su historial laboral oficial. Así se puede revisar cómo ha actuado en su trabajo.
Texto oficial
Artículo 92.- El Colegio llevará expedientes de los notarios que contendrán los documentos relacionados con su actuación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.