Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 92 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Colegio de Notarios debe tener un archivo o expediente de cada notario. En ese expediente guardan todos los papeles que tengan que ver con el trabajo del notario, como documentos que firma o trámites que hace. Es como su historial laboral oficial. Así se puede revisar cómo ha actuado en su trabajo.

Texto oficial

Artículo 92.- El Colegio llevará expedientes de los notarios que contendrán los documentos relacionados con su actuación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.