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Artículo 212 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 212 dice que el ring de boxeo profesional debe ser cuadrado. Cada lado del cuadrilátero, midiendo desde adentro de las cuerdas, no puede medir menos de 5 metros ni más de 6 metros. Además, por fuera de las cuerdas debe haber una orilla o espacio libre de entre 50 y 60 centímetros de ancho. En otras palabras, el ring tiene un tamaño específico tanto en el área de pelea como en los bordes exteriores.

Texto oficial

ARTICULO 212.- El ring en que se realicen peleas de boxeo profesional, será un cuadrilátero que no deberá ser en su dimensión, menor de 5 metros ni mayor de 6 metros por cada lado dentro de las cuerdas y se prolongará fuera de estas, por un espacio no menor de 50 centímetros, ni mayor de 60 centímetros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.