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Artículo 241 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un luchador se lastima durante su pelea o mientras trabaja, el dueño del evento o el promotor tiene la obligación de pagar todo el costo de su tratamiento médico y su estancia en el hospital, dependiendo de lo grave que sea la lesión.

Texto oficial

ARTICULO 241.- Cuando algún elemento resulte lesionado en la función en que actúe, será obligación del empresario o promotor, cubrir el 100% de gastos de curación y hospitalización, según lo amerite la lesión. CAPITULO XXVI DEL PESO DE LOS LUCHADORES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.