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Artículo 246 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Artículo 246: El empresario o promotor de una pelea de box debe tener una báscula oficial en el lugar del evento para que el comisionado (la persona que supervisa la pelea) la use. Esa báscula tiene que estar revisada y aprobada por las autoridades para que sea confiable. En otras palabras, el organizador no puede poner cualquier báscula, sino una que esté certificada. Esto es parte de las reglas para peleas y campeonatos estatales.

Texto oficial

ARTICULO 246.- Es obligación del empresario o promotor, poner a disposición del comisionado, la báscula dentro del local de la arena, que será checada oficialmente. CAPITULO XXVII DE LAS CLASIFICACIONES Y CAMPEONATOS ESTATALES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

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