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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl5/247
Ley
Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México
Artículo
247

Artículo 247 del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión (que es la autoridad encargada del boxeo o lucha libre) es la única que puede sacar cada mes un boletín oficial con las clasificaciones de los luchadores por categorías de peso o división. También publica en ese mismo boletín a los luchadores más destacados del mes. Nada más la Comisión tiene la autoridad para hacer esto, no cualquier persona o empresa.

Texto oficial

ARTICULO 247.- La Comisión será quien emita el boletín oficial mensual con las clasificaciones de los luchadores en las diferentes divisiones, así como de los más destacados en el mes.

Ver texto oficial del Reglamento de Box y Lucha Libre Profesional en el Estado de México (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.