Artículo 143 del Reglamento de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 143 dice que la Fiscalía General tiene un conjunto de reglas y pasos para controlar cómo se portan sus trabajadores, asegurándose de que hagan su chamba bien, respeten los valores éticos y los derechos humanos. Ahí se explican cuáles son las faltas, los castigos y cómo se aplican, todo de acuerdo con la Constitución y otras leyes. Estas reglas aplican tanto para los trabajadores especiales como para los que están en el Servicio de Carrera. Además, si un trabajador comete una falta disciplinaria, puede también tener otras consecuencias legales, como problemas administrativos, civiles o penales, sin que una excuse a la otra.
Texto oficial
Artículo 143. El régimen disciplinario de la Fiscalía General está conformado con el conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la conducta de su personal operativo, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, la observancia de valores éticos y respeto a los derechos humanos, estableciéndose las faltas disciplinarias, las sanciones, los correctivos y los mecanismos para su aplicación, en términos de la Constitución Federal, en concordancia con lo Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de junio de 2026. Sin Reforma. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO 156 establecido en la Constitución Local, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de Seguridad del Estado de México, la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y demás disposiciones jurídicas aplicables. Este régimen será aplicable al personal operativo de designación especial, así como a aquel que pertenezca al Servicio de Carrera, de conformidad con las bases, los principios y reglas determinadas en la Ley de la Fiscalía, el presente Reglamento, las disposiciones reglamentarias del régimen disciplinario que al efecto se emitan y las demás disposiciones jurídicas aplicables de la materia. La responsabilidad disciplinaria en que incurra el personal operativo, será independiente de la responsabilidad administrativa, civil, patrimonial, laboral o penal. Autoridad substanciadora
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.