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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl51/22
Ley
Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México
Artículo
22

Artículo 22 del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que fue cancelado oficialmente, como si lo hubieran borrado del código. Por lo tanto, el Artículo 22 ya no tiene ningún efecto legal y no se aplica en ningún caso. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe como regla.

Texto oficial

ARTICULO 22.- Derogado.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de los Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.