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Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
45

Artículo 45 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 45 dice que, para cumplir con lo del artículo anterior, el programa de trabajo debe incluir al menos tres cosas. Primero, una explicación clara de para qué sirve el convenio y qué se quiere lograr. Segundo, un calendario o lista de cuándo se van a hacer las actividades. Tercero, la manera o los pasos que se van a seguir para cumplir esos objetivos y metas.

Texto oficial

Artículo 45. El programa de trabajo para efectos del artículo anterior deberá contener por lo menos: I. Descripción de los objetivos y metas del convenio. II. Un cronograma de actividades. III. Métodos y el procedimiento mediante los cuales se cumplirán dichos objetivos y metas. CAPÍTULO V DEL PADRÓN DE ASOCIACIONES PROTECTORAS DE ANIMALES

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 16) ↗

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