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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl513/51
Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
51

Artículo 51 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Fondo para la Protección a los Animales solo se usa para ayudar a los animales que están mencionados en el Libro Sexto de esta ley. Esto quiere decir que no puedes usar ese dinero para cualquier otro tipo de animales, ni para otros gastos que no tengan que ver con ellos. Es como si fuera una alcancía exclusiva para esos animales en específico. Así que el fondo está destinado únicamente a lo que la ley ya tiene planeado.

Texto oficial

Artículo 51. El Fondo para la Protección a los Animales a que se refiere el Libro Sexto, atenderá exclusivamente a los animales referidos en el mismo.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 17) ↗

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