- Ley
- Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
- Artículo
- 69
Artículo 69 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno del estado tendrá que crear reglas técnicas para cuidar a los animales domésticos como perros y gatos. Estas reglas las va a hacer un grupo especial llamado Subcomité de Protección y Bienestar Animal, que depende de la Secretaría. El objetivo de esas normas es garantizar que los animales estén sanos, seguros y reciban buen trato.
Texto oficial
Artículo 69. La elaboración de Normas Técnicas Estatales Ambientales para la protección y bienestar de los animales domésticos estarán a cargo del Subcomité de Protección y Bienestar Animal del Comité Estatal de Normalización Ambiental de la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.