Artículo 18 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando tú o tu representante legal vayan a hacer un trámite en las ventanillas, la persona encargada va a juntar todos tus papeles en un expediente (que es como una carpeta con la información de tu solicitud). Si ya tienes todos los requisitos, el encargado le mandará una copia de tu expediente a la autoridad que debe darte el documento que pediste, para que lo entregue en el tiempo que marca la ley. Si te falta algo, te van a avisar que tienes máximo tres días hábiles (días que no sean sábado, domingo ni festivos) para entregar lo que haga falta; si no lo haces, tu trámite queda suspendido hasta que cumplas.
Texto oficial
Artículo 18. Cuando el solicitante o su representante legal realicen un trámite en las ventanillas, el personal correspondiente integrará el expediente. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de septiembre de 2015. Última reforma POGG 5 de septiembre de 2016 REGLAMENTO DE LA LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 7 Cuando estén cubiertos los requisitos para el trámite solicitado, el titular de las ventanillas remitirá copia del expediente o vía electrónica a la autoridad involucrada, para que emita el documento solicitado en los plazos establecidos por la Ley. En caso de no cubrir los requisitos establecidos en la Ley, se le hará saber al peticionario o a su representante legal que a más tardar en tres días hábiles debe subsanar el requisito faltante, para que el titular de la ventanilla remita el expediente a quien debe emitir lo solicitado. En caso de que el solicitante o representante legal no subsane el requisito faltante, la ventanilla informará que está suspendido su trámite.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.