Artículo 20 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades que te dan permisos o documentos para abrir o trabajar en un negocio, como una tienda, taller o restaurante, tienen la obligación de subir esa información a un sistema. Eso significa que deben registrar todos los datos de tu unidad económica en ese lugar, sin que tú tengas que hacerlo directamente. Así, el gobierno se asegura de tener al día los registros de los negocios que operan en el país.
Texto oficial
Artículo 20. Las autoridades que emitan documentación para la apertura y funcionamiento de las unidades económicas, deberán alimentar el Sistema con la información correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.