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Artículo 60 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El acta de una junta o reunión es como un resumen escrito de todo lo que pasó. En ese documento debe decir "acta", la fecha y un número que le toque en orden. También hay que anotar dónde fue la junta, quiénes estuvieron (empezando por el presidente) y los temas que se trataron según el orden del día. Además, debe incluir las ideas o propuestas que salieron en la plática, cómo votaron y qué acuerdos se tomaron (quién se encarga de cumplirlos). Al final, se pone la hora en que terminó la sesión y las firmas de todos los que asistieron, junto con su nombre y cargo.

Texto oficial

Artículo 60. El acta de cada sesión deberá contener, de manera enunciativa y no limitativa: I. La palabra acta, la fecha y el número, que deberá ser consecutivo. II. Lugar en donde se efectuó la sesión de trabajo. III. Asistentes a la sesión, listándose en el orden siguiente: presidente, vocales y secretario técnico. IV. Puntos del orden del día en la secuencia que fueron tratados. V. Propuestas que surjan del debate. VI. Resultados de votación, registrando la propuesta que haya obtenido la mayor votación y así sucesivamente. VII. Acuerdos tomados y responsable del cumplimiento. VIII. Hora, día, mes y año de haberse declarado concluida la sesión. IX. Firma de los asistentes a la sesión. En todos los casos deberá anotarse nombre y cargo de los miembros del Consejo Rector.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.