Artículo 8 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
A cualquier negocio o empresa le van a dar una clave única. Esa clave se forma con varias partes: las letras de los apellidos y nombre del dueño o del nombre de la empresa, la fecha en que inicias el trámite (solo los últimos dos números del año, mes y día), las iniciales de la autoridad que te atiende, un número que identifica el municipio donde operará tu negocio, y un número de folio. Una vez que el sistema te asigne esa clave, tú o tu representante legal tienen que activarla siguiendo los pasos que aparezcan en la página del sistema.
Texto oficial
Artículo 8. La clave única proporcionada a cada solicitante o representante legal para la apertura o funcionamiento de la unidad económica se compondrá de lo siguiente: I. La letra inicial y la primera vocal interna del primer apellido, la letra inicial del segundo apellido y la primera letra del nombre propio y/o razón social. II. Los dos últimos dígitos del año, mes y día de inicio del trámite. III. Las tres iniciales de la autoridad responsable del trámite. IV. Identificación numeral del municipio donde se va a encontrar la unidad económica. V. El número progresivo. Una vez obtenida la clave única por el Sistema, el solicitante, titular o representante legal de la unidad económica deberá activar la misma, siguiendo los pasos que se establecerán en la página del propio Sistema.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.