Artículo 7 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dueño del negocio y las autoridades pueden entrar al sistema usando una clave única que el mismo sistema les dará automáticamente. Esa clave se entrega según lo que dice la ley. En otras palabras, no necesitas hacer un trámite especial para obtenerla, el sistema te la asigna solito para que puedas acceder cuando lo necesites.
Texto oficial
Artículo 7. El titular de la unidad económica y las demás autoridades tendrán acceso directo al Sistema, con la clave única que de manera automática le proporcionará el mismo, de conformidad en lo establecido en la Ley. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de septiembre de 2015. Última reforma POGG 5 de septiembre de 2016 REGLAMENTO DE LA LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 4
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