Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien que está en el hospital ya no quiere seguir con un tratamiento y entrega un formato donde dice que se arrepintió (eso es la revocación), el personal del hospital debe anotarlo al instante en su expediente médico. A partir de ese momento, ya no se aplica el plan anterior y en su lugar se usarán cuidados que se ajusten a cómo va avanzando su enfermedad, para darle la mejor atención posible.
Texto oficial
Artículo 12. El personal autorizado del hospital que atiende a la o el paciente, inmediatamente que reciba el formato de revocación integrado, hará la anotación en el expediente clínico de que la situación ha cambiado y que a partir de ese momento se aplicarán los planes de cuidado óptimo de acuerdo con la trayectoria de la enfermedad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.