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Artículo 7 del Reglamento de la Ley para el Uso de Medios Electrónicos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 7 dice que todas las personas o empresas que hagan trámites o usen servicios por internet deben seguir las reglas que ponga la ley. Es como cuando haces un trámite en línea, tienes que cumplir con lo que te piden, como llenar formularios, dar datos o usar ciertos sistemas. La ley puede decir requisitos específicos, y si no los cumples, tu trámite no será válido.

Texto oficial

Artículo 7. Los sujetos de la Ley que gestionen trámites y servicios electrónicos deberán cumplir con los requisitos que establezca la normatividad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.