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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl554/12
Ley
Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a ayudar a los ayuntamientos (los gobiernos de los municipios) y a las oficinas del gobierno del estado que se lo pidan, para que incluyan los principios y herramientas de la política estatal contra el cambio climático cuando estén haciendo sus planes de desarrollo municipal y sus propuestas de programas por sectores, regiones o temas especiales.

Texto oficial

ARTÍCULO 12. La Secretaría apoyará a los ayuntamientos, a las dependencias y entidades de la administración pública estatal que lo soliciten, en la inclusión de los principios e instrumentos de la política estatal en materia de cambio climático, durante la elaboración de los planes de desarrollo municipal y de las propuestas de programas sectoriales, regionales y especiales de su competencia. Sección Segunda Programa Estatal de Acción ante el Cambio Climático del Estado de México

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México (pág. 4) ↗

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