- Ley
- Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
- Artículo
- 26
Artículo 26 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría te pide que, como dependencia o entidad del gobierno del estado, le entregues en 20 días cualquier documento o dato que necesite para revisar el PEACC. El PEACC es el plan estatal de acción contra el cambio climático, como una especie de guía para cuidar el medio ambiente. Si no tienes la información, no pasa nada, solo tienes que avisar que no la hay. Es como cuando te piden un trabajo y te dan un plazo para entregarlo.
Texto oficial
ARTÍCULO 26. La Secretaría solicitará a las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal para que, en un plazo de veinte días, le entreguen la información que, en su caso, se requiera para la revisión del PEACC.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.