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Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para armar el inventario de lo que contamina el país, la Secretaría del Medio Ambiente, con ayuda del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, va a elegir un año de referencia. Ese año base lo escogen según la información que tengan disponible sobre emisiones. Así pueden medir si después aumentaron o bajaron los contaminantes. Es como agarrar un punto de partida para comparar cómo vamos mejorando o empeorando.

Texto oficial

ARTÍCULO 31. Para la integración del Inventario, la Secretaría con el apoyo del Instituto, definirá el año base correspondiente en función de la información disponible.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.