Artículo 51 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Subsistema de Información es como un almacén de datos que debe tener todo lo que dice la Ley, además de cualquier otra información que sea responsabilidad de las distintas oficinas y organismos del gobierno del estado. Pero no cualquier cosa puede entrar ahí, solo la información que la Comisión recomiende agregar. En pocas palabras, es un sistema donde se junta información oficial de varias dependencias del gobierno, pero solo si la Comisión dice que está bien meterla.
Texto oficial
ARTÍCULO 51. El Subsistema de Información contendrá lo señalado en la Ley, así como aquella otra información que sea competencia de las diferentes dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y cuya inclusión sea recomendada por la Comisión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.