Artículo 4 del Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un jefe del Sistema Estatal no puede ir a una reunión por una razón válida, puede mandar a su suplente. Ese suplente debe ser el segundo al mando, saber del tema y tener poder para hablar y votar en las decisiones. El puesto en el Sistema es honorífico, o sea, no pagan por él. Las decisiones se toman cuando todos están de acuerdo o gana la mayoría; si hay empate, el presidente tiene el voto decisivo para romperlo.
Texto oficial
Artículo 4. Cuando por causas justificadas las o los titulares integrantes del Sistema Estatal no puedan acudir personalmente a las sesiones del mismo, asistirá la o el suplente, el cual debe tener un nivel jerárquico inmediato inferior a aquél, tener conocimiento en la materia y contar con facultades de decisión para hacer uso de la voz y ejercer el voto en los asuntos que se traten. El cargo otorgado dentro del Sistema Estatal será honorífico. Las decisiones se tomarán por unanimidad o mayoría de votos, en caso de empate, la presidencia tendrá voto de calidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.