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Ley
Reglamento de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los lugares donde las mamás pueden amamantar o sacarse leche, llamados lactarios, deben tener carteles o folletos con dibujos que muestren cómo extraer la leche materna correctamente. Es decir, no solo debe haber el espacio, sino también información visual fácil de entender para que sepas cómo hacerlo.

Texto oficial

Artículo 10. Los lactarios o salas de lactancia deberán contar con medios informativos ilustrativos respecto al método de extracción de la leche materna.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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