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Artículo 15 del Reglamento de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Que un hospital sea reconocido como "Hospital Amigo del Niño y de la Niña" significa que cumple con todo lo necesario para ayudar a las mamás a iniciar la lactancia de la mejor manera posible. Esto aplica tanto a hospitales públicos como privados que atienden a mamás y bebés. El objetivo es que más bebés reciban solo leche materna durante sus primeros seis meses de vida, y que sigan tomándola junto con otros alimentos hasta los dos años.

Texto oficial

Artículo 15. La certificación o nominación como "Hospital Amigo del Niño y de la Niña" tiene como objeto que las instituciones públicas y privadas que presten servicios de salud destinados a la atención materno infantil proporcionen a las madres y bebés el mejor comienzo de la lactancia, Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 10 de abril de 2015. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN, APOYO Y PROMOCIÓN A LA LACTANCIA MATERNA DEL ESTADO DE MÉXICO 5 incrementando la posibilidad para que sean amamantados de manera exclusiva los primeros seis y de manera complementaria hasta los dos años.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.