Artículo 17 del Reglamento de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Registro Estatal debe funcionar con reglas claras: ser objetivo, es decir, sin favoritismos; ser público y transparente para que cualquier persona pueda consultar la información; y siempre apegado a la ley. Esto no significa que puedas ver todo sin límites, porque también se deben respetar las leyes que protegen tu privacidad y tus datos personales. En pocas palabras, el registro debe ser abierto, pero cuidando que tu información privada no ande dando vueltas por ahí.
Texto oficial
Artículo 17. El Registro Estatal debe orientarse por los principios de objetividad, máxima publicidad, transparencia y legalidad. Lo anterior, sin menoscabo de las disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos personales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.