Artículo 101 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El encargado del sistema de Denuncia Anónima 089 tiene tres tareas principales: primero, revisar constantemente la aplicación o plataforma para que funcione bien; segundo, enviar las denuncias anónimas que recibe a las áreas indicadas, como la policía o fiscalía; y tercero, checar que esas denuncias se atiendan y luego informar al Centro de Control qué acciones se tomaron. En pocas palabras, es como un vigilante que recibe tus reportes anónimos, los canaliza a quien debe resolverlos y se asegura de que no queden olvidados.
Texto oficial
Artículo 101. El encargado del área del Sistema de Denuncia Anónima 089 será el responsable de: I. Vigilar permanentemente dicho aplicativo. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de junio de 2015. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA EL USO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO 23 II. Turnar las denuncias anónimas a las áreas correspondientes. III. Dar seguimiento a las denuncias anónimas e informar al Centro de Control sobre las acciones implementadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.