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Artículo 116 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reglas técnicas que saquen el Centro de Control y la Procuraduría sobre equipos y sistemas de seguridad pública son obligatorias para todos. Su objetivo es que todas las autoridades usen la misma tecnología y sistemas, para que funcione parejo. Si alguien no las sigue, le van a aplicar los castigos que ya están escritos en este reglamento.

Texto oficial

Artículo 116. Las características y especificaciones técnicas contenidas en los dictámenes técnicos que emitan el Centro de Control y la Procuraduría serán de observancia obligatoria y tendrán como objeto homologar la infraestructura tecnológica y de sistemas en materia de seguridad pública, en caso de incumplimiento se aplicarán las sanciones previstas en el presente Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.