Artículo 92 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien marca al 066 (ahora 911) para reportar una emergencia, los centros de mando de tu municipio y los regionales deben avisar a varias autoridades para que atiendan el problema. Estas autoridades incluyen a la policía local, estatal y federal, bomberos municipales y estatales, protección civil municipal y estatal, la Cruz Roja, servicios de urgencias del Estado de México, la Procuraduría (ministerio público), la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Protectora de Bosques. También deben reportarlo al centro de atención telefónica del gobierno del estado. En corto, el artículo dice que todos estos cuerpos de emergencia tienen que estar coordinados cuando recibes una llamada de auxilio.
Texto oficial
Artículo 92. Para la atención del Sistema de Atención a llamadas de Emergencia 066, los Centros de Mando Municipal en coordinación con los Centros de Mando Regional deberán reportar los incidentes que reciban con: I. El Centro de Atención Telefónica del Gobierno del Estado de México. II. La Cruz Roja Mexicana. III. El Cuerpo de Bomberos Estatal. IV. El Cuerpo de Bomberos Municipal. V. La Policía Estatal. VI. La Policía Federal. VII. La Policía Municipal. VIII. La Protectora de Bosques del Estado de México. IX. La Procuraduría. X. La Protección Civil Estatal. XI. La Protección Civil Municipal. XII. La Secretaría de la Defensa Nacional. XIII. El Servicio de Urgencias del Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.