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Artículo 98 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El equipo de cómputo que uses para reportar algo en el sistema de Denuncia Anónima 089 debe cumplir con lo que diga el Centro de Control. Además, sí o sí necesita tener internet para funcionar. No importa si es una computadora o una tableta, mientras cumpla esas dos condiciones: estar conectado a la red y tener las características que pida el Centro.

Texto oficial

Artículo 98. Los requisitos mínimos de los equipos de cómputo para la operación y funcionamiento del Sistema de Denuncia Anónima 089, deberán ser de las características que determine el Centro de Control y tener conexión a internet.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.