Artículo 44 del Reglamento de la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el dinero y los apoyos que están en el Fondo se van a usar y repartir siguiendo al pie de la letra lo que digan las Reglas de Operación, que son como el manual de instrucciones. O sea, no se puede usar el dinero como alguien quiera, sino que hay que obedecer las reglas ya escritas para eso. Básicamente, todo tiene que hacerse según el procedimiento ya establecido.
Texto oficial
Artículo 44. Los recursos y apoyos del Fondo se aplicarán y distribuirán en términos de lo dispuesto en las Reglas de Operación. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 04 de mayo de 2016. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR, ATENDER, COMBATIR Y ERRADICAR LA TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 12
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