Artículo 5 del Reglamento de la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para prevenir el delito de trata de personas, las autoridades deben enfocarse en dos cosas principales. Primero, en disminuir la vulnerabilidad de las posibles víctimas, es decir, las circunstancias que las ponen en riesgo, como la pobreza o la falta de oportunidades. Segundo, en frenar a los que ayudan o facilitan este delito, como los intermediarios o redes criminales. En resumen, la ley busca atacar las causas que hacen posible la trata de personas, tanto protegiendo a quienes pueden ser víctimas como combatiendo a los responsables.
Texto oficial
Artículo 5. Las acciones de prevención del delito de Trata de Personas estarán encaminadas a reducir entre otros, los factores siguientes: I. La vulnerabilidad de las víctimas. II. La proliferación de agentes facilitadores del delito.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.