Artículo 20 del Reglamento de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las asociaciones locales (grupos de productores) existen para apoyar a sus miembros a trabajar mejor el maguey. En la producción, ayudan a juntar terrenos pequeños para hacer lotes más grandes y rentables, a combatir plagas y a mejorar el cultivo. También pueden construir o reparar cosas como caminos, sistemas de riego o bordos, siempre cuidando el suelo, el agua y los bosques. En la venta, estas asociaciones compran y venden insumos (como fertilizantes) y productos del maguey para conseguir mejores precios. Para transformar el maguey, pueden poner fábricas de pulque, licor o derivados. En lo económico, juntan ahorros de los socios para prestarles dinero a una tasa baja, o consiguen créditos de bancos y los reparten. También crean un fondo de "autoaseguramiento" (como un seguro entre ellos mismos) por si algo le pasa al maguey. Incluso pueden formar uniones de crédito o emitir pagarés. Por último, en lo social, ayudan a mejorar las casas de los socios y colaboran con los municipios para poner luz, drenaje, escuelas o arreglar caminos en sus comunidades.
Texto oficial
Artículo 20. Las asociaciones locales, tendrán por objeto: I. En el orden de producción: a) Mejorar las técnicas de organización y explotación de las unidades de producción de las y los asociados fomentando el agregamiento parcelario y la compactación de superficies para constituir unidades de mayor rentabilidad. b) Adoptar prácticas o servicios adecuados para el combate de plagas y enfermedades de los magueyes, sus productos y subproductos. c) Adoptar técnicas que permitan mejorar los magueyes, sus productos y subproductos. d) Construir o rehabilitar en forma asociada, obras de infraestructura rural, utilizar equipos, implementos e instrumentos de trabajo y llevar a cabo prácticas de protección y conservación de Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 11 de marzo de 2016. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL MAGUEY EN EL ESTADO DE MÉXICO 10 suelos, agua y bosques en congruencia con los planes de desarrollo estatal y municipal. e) Establecer empresas de producción del maguey, con los bienes que previamente posean o con los que adquieran para ese objeto. f) Apoyar las actividades de investigación del maguey, así como las de transferencia de tecnología. II. En el orden de comercialización: a) Actuar como empresas comercializadoras tanto para la compra y venta de los insumos y productos de las y los asociados. b) Fomentar la vinculación entre las y los asociados, así como de las empresas comerciales e industriales, para mejorar las condiciones de comercialización. III. En el orden de industrialización de productos: a) Establecer y explotar centros de transformación de productos y subproductos de los magueyes e integrar eficientemente el proceso productivo. IV. En el orden financiero: a) Establecer, a través de aportaciones, secciones de ahorro y préstamo, como base para otorgar crédito preferencial directo a sus integrantes o para obtenerlo de otras instituciones de manera oportuna y distribuirlo entre aquellos o aplicarlo a inversiones productivas en materia de maguey, sus productos y subproductos. b) Establecer fondos de auto aseguramiento del maguey, con recursos de mutualidades constituidas por las y los propios asociados u obteniéndolos de otras instituciones especializadas, en beneficio de sus integrantes. c) Organizar uniones de crédito, emitir o aceptar obligaciones y cooperar en otras modalidades crediticias permitidas a esta clase de asociaciones por las leyes de la materia, con garantía conjunta de los bienes muebles e inmuebles de la asociación. V. En el orden social: a) Promover la construcción y el mejoramiento de vivienda para las y los asociados. b) Participar en coordinación con los ayuntamientos en obras de saneamiento, de electrificación, de construcción de edificios escolares y en general, de urbanización de sus poblados, inclusive en la apertura y mejoramiento de caminos y demás vías de comunicación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.