- Ley
- Reglamento de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
- Artículo
- 45
Artículo 45 del Reglamento de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los productores y productoras, con ayuda de la Secretaría, pueden formar grupos o asociaciones para resolver sus problemas en equipo. También sirve para que juntos consigan ser más modernos y eficientes en su trabajo. La idea es que se apoyen entre ellos para crecer y tecnificarse.
Texto oficial
Artículo 45. Las y los productores promoverán con el apoyo de la Secretaría, la integración de organismos, asociaciones y uniones que les permitan hacer frente a su problemática común y atender su desarrollo y tecnificación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.