- Ley
- Reglamento de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
- Artículo
- 46
Artículo 46 del Reglamento de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría y los gobiernos municipales tienen que reconocer y apoyar a los sindicatos o asociaciones de productores que estén registrados de manera legal. Esto significa que si tú formas parte de un grupo de productores que cumple con la ley, las autoridades deben proteger tus derechos como miembro. En pocas palabras, el artículo asegura que el gobierno no te va a ignorar si perteneces a una organización de productores bien establecida.
Texto oficial
Artículo 46. La defensa y protección de las y los agremiados de los organismos o asociaciones de productores legalmente constituidos serán reconocidas por la Secretaría y las autoridades municipales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.