Artículo 51 del Reglamento de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear reglas para todo lo relacionado con el maguey y sus derivados (como productos hechos de maguey), asegurándose de que tengan buena calidad y no hagan daño a la salud. Estas reglas aplican desde que se produce el maguey hasta que se vende al público, incluyendo cómo se transporta, guarda y maneja. También van a controlar la entrada de medicinas, químicos y otros productos que se usan o consumen, para que todo esté bien regulado y seguro.
Texto oficial
Artículo 51. La Secretaría propondrá regulaciones estatales en términos de certificación, inocuidad y calidad del maguey, sus productos y subproductos para su producción, transporte, almacenamiento, conservación, distribución y expendio, así como la introducción de farmacéuticos, químicos, biológicos u otro tipo de productos regulados para uso o consumo. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 11 de marzo de 2016. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL MAGUEY EN EL ESTADO DE MÉXICO 15
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