Artículo 56 del Reglamento de la Ley para la Protección del Maguey en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Mientras dure la emergencia sanitaria, nadie puede sacar documentos para salir de la zona contaminada sin que la Secretaría lo autorice primero. Esto aplica sin importar a dónde quieras ir. En otras palabras, necesitas un permiso especial del gobierno para poder moverte fuera de esa zona. Es como un control para evitar que el problema de salud se propague a otros lugares.
Texto oficial
Artículo 56. Mientras dure la declaratoria de emergencia sanitaria, no se expedirán sin la autorización de la Secretaría, documentos de movilización para la salida de la zona contaminada sin importar su destino.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.