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Artículo 24 del Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del estado y los municipios son los que deciden cuánto dinero y cuántas personas van a destinar para crear programas que traten por igual a mujeres y hombres. También deben incluir esas acciones en el presupuesto que se presenta a la Secretaría de Finanzas antes de que lo revisen. En resumen, es la parte que asegura que haya recursos (gente y lana) para apoyar la igualdad de género.

Texto oficial

Artículo 24. El Estado y los Municipios determinarán los recursos humanos y financieros para el desarrollo de las políticas públicas y programas enfocados a promover la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, así como las acciones presupuestales respectivas, que deberán preverse en el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado, previo envío de la propuesta a la Secretaría de Finanzas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.