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Artículo 23 del Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal y los gobiernos municipales tienen la obligación de hacer planes, programas y acciones para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades y sean tratados por igual. Para eso, deben usar su autoridad y recursos para llevar a cabo lo que dice esta ley. En pocas palabras, al Estado y a los municipios les toca ponerse las pilas y cumplir con esas reglas de igualdad.

Texto oficial

Artículo 23. Corresponde al Estado y a los Municipios, en el ámbito de sus facultades y competencias, la planeación y ejecución de los planes, programas y acciones afirmativas, en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres que establece la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.