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Artículo 32 del Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema Estatal para la Igualdad de Trato entre mujeres y hombres debe coordinarse con personas y grupos de la sociedad, como organizaciones o ciudadanos que trabajen para que haya igualdad de oportunidades. También tiene que ponerse de acuerdo con diferentes áreas del gobierno que hagan labores parecidas. Todo esto lo hace siguiendo lo que dice la ley y su reglamento. Es como si el sistema buscara aliados en toda la sociedad para lograr el mismo objetivo.

Texto oficial

Artículo 32. Corresponde al Sistema Estatal, de acuerdo con sus atribuciones conferidas en la Ley, en el Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Estado de México, promover vínculos de coordinación con las personas que realicen actividades a favor de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en las instancias de gobierno, así Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de marzo de 2016. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE MÉXICO 16 como con los sectores y organizaciones de la sociedad en general.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.