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Artículo 16 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes colmenas, abejas reinas o cualquier producto relacionado con la apicultura, estás obligado a dejar que la Secretaría de Agricultura entre a tu propiedad para revisar tus cosas. La Secretaría puede hacer inspecciones, verificaciones o certificaciones, y tú debes darles las facilidades para que hagan su trabajo sin problemas.

Texto oficial

Artículo 16. Las y los propietarios o poseedores de colmenas pobladas, abejas reinas, núcleos de abejas y material biológico, productos y subproductos de embarques o establecimientos están obligados a proporcionar a la Secretaría las facilidades necesarias para llevar a cabo los servicios de inspección, verificación o certificación. CAPÍTULO VI Del Aprovechamiento de las Zonas Apícolas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.