Artículo 16 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes colmenas, abejas reinas o cualquier producto relacionado con la apicultura, estás obligado a dejar que la Secretaría de Agricultura entre a tu propiedad para revisar tus cosas. La Secretaría puede hacer inspecciones, verificaciones o certificaciones, y tú debes darles las facilidades para que hagan su trabajo sin problemas.
Texto oficial
Artículo 16. Las y los propietarios o poseedores de colmenas pobladas, abejas reinas, núcleos de abejas y material biológico, productos y subproductos de embarques o establecimientos están obligados a proporcionar a la Secretaría las facilidades necesarias para llevar a cabo los servicios de inspección, verificación o certificación. CAPÍTULO VI Del Aprovechamiento de las Zonas Apícolas
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.