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Artículo 26 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede pedir ayuda a los ayuntamientos (los gobiernos de los municipios) o a quien ella decida, para armar, limpiar y mantener al día el Registro Estatal. Este registro se hace usando la patente (como un permiso oficial) y la credencial del Sistema Único de Registro Agropecuario (SURA), que es un sistema para llevar el control de actividades del campo. Básicamente, la Secretaría no trabaja sola: se apoya en otros para tener la información correcta y actualizada.

Texto oficial

Artículo 26. La Secretaría podrá auxiliarse de los ayuntamientos o de quien determine, para integrar, depurar y actualizar el Registro Estatal con base en la patente y de la credencial del Sistema Único de Registro Agropecuario (SURA).

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.