Artículo 30 del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las reglas para evaluar las políticas de derechos de niñas, niños y adolescentes deben incluir cómo medir si los programas y acciones están funcionando. Esas medidas (llamadas indicadores) sirven para ver cosas como cuánta gente está siendo atendida, qué tal calidad tienen los servicios y los resultados de las actividades de protección. También se deben incluir indicadores sobre cómo está organizado el sistema que protege a los menores. En pocas palabras, se trata de tener una forma clara de saber si las políticas realmente están ayudando a los niños y adolescentes.
Texto oficial
Artículo 30. Los lineamientos para la evaluación de las políticas en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes a que se refiere el artículo anterior contendrán los criterios para la elaboración de los indicadores de gestión, de resultados, de servicios y estructurales para medir la cobertura, calidad e impacto de las acciones y los programas para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.