Artículo 58 del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría Estatal va a trabajar de la mano con las Procuradurías de cada municipio para vigilar que los centros de asistencia social (como albergues u orfanatos) estén funcionando bien. Es como que el gobierno del estado y el de cada pueblo se pongan de acuerdo para checar esos lugares. Así se aseguran de que los niños, niñas y adolescentes que viven ahí estén protegidos y atendidos como debe ser.
Texto oficial
Artículo 58. La Procuraduría de Protección Estatal se coordinará con las Procuradurías de Protección Municipales, a efecto de ejercer la supervisión de los centros de asistencia social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.