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Ley
Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Artículo
6

Artículo 6 del Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro Estatal se forma con un jefe llamado Director General, varios subdirectores y el personal de oficina y de campo que se necesite para hacer su trabajo. La persona que represente a este Centro será quien hable en su nombre ante otras autoridades o en eventos oficiales. Todo esto es para que el Centro pueda cumplir con lo que tiene que hacer.

Texto oficial

Artículo 6. El Centro Estatal estará integrado por una Dirección General, las Subdirecciones y personal administrativo y operativo necesario para el desempeño de sus atribuciones. Representante del Centro Estatal

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México (pág. 3) ↗

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