- Ley
- Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro Estatal se forma con un jefe llamado Director General, varios subdirectores y el personal de oficina y de campo que se necesite para hacer su trabajo. La persona que represente a este Centro será quien hable en su nombre ante otras autoridades o en eventos oficiales. Todo esto es para que el Centro pueda cumplir con lo que tiene que hacer.
Texto oficial
Artículo 6. El Centro Estatal estará integrado por una Dirección General, las Subdirecciones y personal administrativo y operativo necesario para el desempeño de sus atribuciones. Representante del Centro Estatal
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.