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Artículo 5 del Reglamento de la Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro Estatal, que es la autoridad encargada de aplicar este reglamento, puede pedir ayuda a otras dependencias del gobierno, a organizaciones no lucrativas o a grupos ciudadanos para cumplir con su trabajo. Si es necesario, también puede coordinarse con ellos o darles instrucciones. Esto significa que no tiene que hacer todo solo, sino que puede apoyarse en otros para lograr lo que busca el reglamento. En pocas palabras, el Centro puede aliarse con quien sea necesario para echar a andar las cosas.

Texto oficial

Artículo 5. El Centro Estatal en el ámbito de su competencia para dar cumplimiento al objeto del presente Reglamento, instruirá o en su caso se coordinará o auxiliará de los organismos gubernamentales, no gubernamentales o de la sociedad civil que correspondan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.