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Artículo 9 del Reglamento de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cualquier programa o acción del gobierno para ayudar a la sociedad debe hacerse de cierta forma. Primero, hay que estudiar los problemas, como la violencia de género, la corrupción o la delincuencia, para entenderlos bien. También deben incluir cosas como salud, educación, vivienda y empleo para que la gente pueda desarrollarse y convivir mejor en comunidad. Además, hay que asegurarse de que estos programas lleguen a quienes más lo necesitan, como la gente de bajos ingresos o de zonas rurales. Por último, es importante enseñar valores y el respeto a las leyes para fomentar la paz y la legalidad.

Texto oficial

Artículo 9. Los programas, estrategias y acciones que se implementen en el ámbito social deberán considerar lo siguiente: I. La realización de diagnósticos que permitan la identificación y análisis de las conductas violentas y de los comportamientos delictivos y antisociales, como las violencias de género, visual, urbana, en espacios públicos, impunidad, corrupción e intolerancia y todas aquéllas que generen violencia social. II. La inclusión de factores o aspectos que contemplen la salud, educación, vivienda, empleo, deporte, desarrollo social, cultural, económico y urbano que contribuyan al desarrollo del potencial humano, el fortalecimiento de la ciudadanía y la cohesión social. III. El fomento al acceso de los programas a la población en condiciones menos favorables, de acuerdo a la información obtenida de los diagnósticos y de las instituciones correspondientes, a las localidades rurales, a la población con niveles de bajo ingreso, marginación o rezago social, así como a los aspectos culturales que deben considerarse en bienes y servicios públicos. IV. El establecimiento de elementos que generen valores, conocimiento y respeto de las normas para fomentar la cultura de paz y de legalidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.